Emigrar a España: Homologación y equivalencia de títulos

Comencé a desarrollar este apartado homologación y equivalencia de títulos, ya que desde España hemos observado una gran ola de personas interesadas en venirse a "probar" a España, y como sabemos, el título es lo más importante que tenemos como herramienta para poder conseguir un empleo aquí (o en cualquier país de la Unión Europea).

Cómo homologar título


Por ello es importante hacer la salvedad y entender la importancia de una homologación y de una equivalencia.

La gran diferencia entre hacer una homologación y una equivalencia de un título universitario es que la homologación se va a realizar en las denominadas "profesiones reguladas" de España, es decir, aquellas que tienen una ley que desarrolla y regula su ejercicio profesional.

El Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre, determina una lista 36 profesionales reguladas que podrás encontrar en el Anexo 1, accediendo directamente a este enlace oficial. No hay cuentos, está publicado en el BOE. 😉

Aquí te detallo las profesiones reguladas que requieren homologación para poder ejercer en España su actividad:

  • Médico.
  • Veterinario.
  • Enfermero.
  • Fisioterapeuta.
  • Dentista.
  • Farmacéutico.
  • Logopeda.
  • Óptico-Optometrista.
  • Podólogo.
  • Terapeuta Ocupacional.
  • Dietista Nutricionista.
  • Psicólogo General Sanitario.
  • Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
  • Ingeniero de Minas.
  • Ingeniero Industrial.
  • Ingeniero Aeronáutico.
  • Ingeniero Agrónomo.
  • Ingeniero de Montes.
  • Ingeniero Naval y Oceánico.
  • Ingeniero de Telecomunicación.
  • Arquitecto.
  • Ingeniero Técnico de Minas (en la correspondiente especialidad).
  • Ingeniero Técnico de Obras Públicas (en la correspondiente especialidad).
  • Ingeniero Técnico Aeronáutico (en la correspondiente especialidad).
  • Ingeniero Técnico Agrícola (en la correspondiente especialidad).
  • Ingeniero Técnico Forestal (en la correspondiente especialidad).
  • Ingeniero Técnico Naval (en la correspondiente especialidad).
  • Ingeniero Técnico Industrial (en la correspondiente especialidad).
  • Ingeniero Técnico de Telecomunicación (en la correspondiente especialidad).
  • Ingeniero Técnico en Topografía.
  • Arquitecto Técnico.
  • Maestro en Educación Infantil.
  • Maestro en Educación Primaria.
  • Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.
  • Abogado.
  • Procurador de los Tribunales.

Por el contrario, realizar una equivalencia será necesaria para todas las otras profesiones, es decir, las que no están reguladas.

Respecto a las equivalencias, es importante que recuerdes que según el título universitario que tengas, será la rama de conocimiento a la que puedas hacer tu equivalencia. Según el BOE las mismas son:

ramas de conocimiento para equivalencia de título en España

También es fundamental aclarar que todos los documentos académicos presentados para estos trámites deben estar legalizados en el país de origen y con la respectiva Apostilla de la Haya. Si no están en idioma castellano, deberán ser traducidos por un traductor público también.

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